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Se concibe como un órgano consultivo de información y participación ciudadana conformado por responsables políticos, técnicos municipales, agentes económicos y sociales, asociaciones, colectivos ciudadanos y al mismo tiempo como un foro de debate y consenso, para la conservación, defensa y protección del medio ambiente natural y urbano del municipio de Ponferrada. En base a la Segunda Conferencia Europea de ciudades sostenibles y según se señala en el Plan de Actuación de Lisboa: “Se realizarán consultas y colaboraciones con los diferentes sectores de la comunidad para crear sinergias a través de la cooperación”. Para ello se pone en marcha un plan de participación que se estructura en diversos órganos consultivos y grupos de trabajo. Estos órganos van a actuar en: ü El diagnóstico de la situación de partida. ü La planificación del plan de acción. ü La acción.(Estrategias, planes, programas y proyectos) ü La evaluación y el seguimiento del proceso.
La implementación de una Agenda Local 21 no es función únicamente del gobierno municipal, sino de un consenso entre administración, ciudadanía, agentes sociales y económicos del municipio y un equipo técnico encargado de la elaboración de la misma. La implicación de todas las partes garantiza el éxito de la Agenda Local 21. Así nos damos cuenta de la importancia de la participación para lograr los objetivos de este proyecto. Dando respuesta a esta necesidad se crean una serie de órganos que serán los encargados de regular, hacer un seguimiento e impulsar el proceso de la Agenda Local 21. En cada municipio se sistematiza esta parte según las necesidades detectadas. En Ponferrada se han estructurado de la forma: Pleno del consejo
Comisión permanente
Comisiones de estudio Se faculta la posibilidad de crear comisiones de estudio o grupos de trabajo para el análisis y la investigación de los problemas de un determinado sector. El Pleno Municipal, bien a iniciativa propia o a propuesta del Pleno del Consejo Municipal de la Agenda Local 21, las podrá constituir lcon carácter temporal o permanente. El número y la composición de las comisiones de estudio estarán integrados por miembros del Consejo y por personas propuestas en calidad de especialistas de los diferentes temas objeto de estudio.
Sus funciones se inscribirían en el marco del actual proceso de Agenda 21, por lo que de forma paralela y coordinada con el Ayuntamiento su trabajo se dirigiría hacia el establecimiento de un Plan de Acción Medioambiental consensuado y revisado periódicamente. En líneas generales estas funciones son: · Trabajar de forma coordinada y paralela con el Ayuntamiento en el proceso de Agenda 21 y, concretamente: · Trasladar la opinión de los grupos a los que representan, y de la ciudadanía en general, sobre los problemas y prioridades futuras del municipio. · Hacer propuestas concretas de mejora. · Colaborar en la propuesta y revisión de los indicadores de sostenibilidad de Ponferrada. · Discutir políticas municipales y proyectos concretos, bajo el prisma de la sostenibilidad y del orden de prioridades establecido. · Poner en marcha planes e iniciativas de forma autónoma (diseño y desarrollo de campañas de educación, encuestas internas entre miembros de los diferentes colectivos, emisión de informes al ayuntamiento sobre determinados aspectos, promoción del voluntariado...) o colaborando en el diseño y desarrollo de programas municipales varios.
Son funciones de la Presidencia: a) Presidir y coordinar la actuación del Consejo Sectorial. b) Establecer el orden del día, convocar y moderar las reuniones del Pleno del Consejo Sectorial, así como la Comisión Permanente del mismo. c) Autorizar con su firma los actos y certificaciones de los acuerdos adoptados por los órganos colegiados del Consejo. d) Velar por el cumplimiento de los fines propios del Consejo y de la adecuación de su actuación o de lo dispuesto en la normativa vigente. e) Llevar a cabo todas las actuaciones necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Pleno del Consejo. f) Proponer la constitución de las comisiones de estudio que considere necesarias. g) Representar al Consejo en aquello que se estime necesario.
Corresponden al Pleno del Consejo las siguientes funciones: a) Presentar iniciativas, sugerencias y propuestas para ser debatidas en las comisiones informativas municipales correspondientes. b) Proponer conjuntamente soluciones a problemas de sector de actividad a que se refiere el correspondiente consejo sectorial. c) Colaborar en los estudios y elaboración de programa, proyectos y disposiciones generales del sector. d) Asesorar la elaboración del programa de actuación y el presupuesto del sector o área correspondiente. e) Informar al Ayuntamiento a requerimiento de éste. f) Aprobar los informes realizados por la Comisión Permanente o comisiones de estudio y trabajo que pidieran establecerse. g) Aprobar la memoria anual de las actividades realizadas por los órganos del Consejo Sectorial. h) Creación de la Comisión Permanente del Consejo si fuera necesario. i) Aprobarla constitución de las comisiones de estudio que fueran necesarias, a propuesta de la presidencia.
Las funciones de la Comisión Permanente del Consejo Municipal de la Agenda Local 21 serán las siguientes: a) Desarrollar los trabajos encomendados por el Pleno del Consejo. b) Presentar y promover iniciativas de actuación al Pleno del Consejo. c) Elaborar informes sobre la gestión y seguimiento de los planes y programas que se estén ejecutando. d) Coordinar los trabajos de las Comisiones de estudio que se creen. e) Las demás que expresamente no estén atribuidas a otros órganos del Consejo
Las Comisiones de estudio tendrán las siguientes funciones: 1.- Realizar estudios y presentar iniciativas referidos a la problemática del sector. 2.- Asesorar a los órganos colegiados del Consejo, en relación con los asuntos o problemas del sector, cuando así se les requiera.
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